El salario mínimo legal mensual (SMMLV) para 2026 se fijó en $1.750.905 y el auxilio de transporte 2026 en $249.095, para un total mensual de $2.000.000. Ambas medidas rigen a partir del 1° de enero de 2026 y quedaron oficializadas mediante los Decretos 1469 y 1470 del 29 de diciembre de 2025.
Valores oficiales (referencia 2025 vs. 2026):
| Concepto | 2025 | 2026 | Norma 2026 |
| Salario mínimo (SMMLV) | $1.423.500 | $1.750.905 | Decreto 1469 de 2025 |
| Auxilio de transporte | $200.000 | $249.095 | Decreto 1470 de 2025 |
| Total mensual (SMMLV + auxilio) | $1.623.500 | $2.000.000 | (cálculo aritmético) |
El SMMLV 2026 corresponde a un incremento del 23% frente a 2025, equivalente a un aumento nominal de $327.405.
Para el comparativo, el decreto toma como base que el salario mínimo 2025 fue $1.423.500.
En el caso del auxilio de transporte 2026, el Gobierno lo fija aplicando un incremento de 24,5% respecto del valor vigente en 2025 y lo establece en $249.095.
El mismo decreto recuerda que el auxilio de transporte 2025 fue $200.000.
El Decreto 1469 de 2025 reconstruye el proceso de concertación y deja trazabilidad de las posiciones presentadas en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales:
Al no alcanzarse acuerdo, la Secretaría Técnica recordó el término de 48 horas para entregar salvedades por escrito y el decreto registra su recepción el 17 de diciembre de 2025, así como la decisión de evaluar integralmente las posturas para adoptar la fijación por decreto.
El decreto señala que, cuando la fijación corresponde al Gobierno Nacional, debe ponderar integralmente los parámetros del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y documenta los insumos técnicos usados para 2026, entre ellos:
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Inflación e IPC observado
Se toma como referencia la variación anual del IPC a noviembre de 2025 (5,3%) como “dato oficial más reciente disponible” previo a la expedición.
Meta de inflación 2026
Se considera la meta de inflación del 3% y su intervalo objetivo 3% ± 1%, como referente de convergencia macroeconómica.
Productividad, salarios e ingreso nacional
El decreto incorpora la productividad oficial disponible, incluyendo PTF (0,91%), productividad laboral por hora (0,57%) y por persona empleada (-0,32%).
También incluye la estimación de 2,81 puntos porcentuales asociada a la contribución de los salarios al crecimiento del ingreso total de la economía (variación entre primeros trimestres de 2024 y 2025).
PIB y desempeño económico
Como desempeño económico relevante, se considera el crecimiento anual del PIB (3,6%) en el III trimestre de 2025 y el crecimiento del año corrido (2,8%) (enero–septiembre), con referencia adicional a un rango de cierre 2025 cercano a 2,6%–2,9%.
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Sin fórmula automática
El decreto enfatiza que estos parámetros orientan la decisión, sin que exista una fórmula automática u obligatoria para determinar el incremento.
Un elemento central del Decreto 1469 de 2025 es el uso del concepto de salario vital como criterio orientador de suficiencia material, apoyado en referencias metodológicas de la OIT (sin atribuirles carácter normativo vinculante).
En particular, el decreto sobre el salario minimo vital consigna:
Con base en ese marco, el decreto indica que no se busca cerrar totalmente la brecha en una sola vigencia y justifica un incremento inicial del 23% desde 2026, complementable con ajustes posteriores.
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Ese 23% se materializa en el SMMLV 2026 de $1.750.905 y en el aumento nominal de $327.405.
El auxilio de transporte se define como una prestación legal de naturaleza no salarial, destinada a contribuir a la cobertura parcial de costos de desplazamiento, y aplica a quienes devengan hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Para 2026, el decreto fija su valor en $249.095 y ordena su pago por los empleadores donde exista servicio público de transporte.
Un punto operativo relevante para empleadores (incluidos prestadores y aseguradores con esquemas de trabajo a distancia) es que, en modalidades como teletrabajo, cuando no hay desplazamiento físico, la finalidad del auxilio se satisface mediante su reconocimiento como auxilio de conectividad digital para la persona trabajadora que devengue menos de dos salarios mínimos, en sustitución del auxilio de transporte y “sin” constituir un beneficio adicional independiente.
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Sin introducir supuestos externos a los decretos, el ajuste del SMMLV 2026 y del auxilio de transporte 2026 suele traducirse en decisiones internas inmediatas para organizaciones del sector salud (IPS, operadores logísticos, gestores farmacéuticos y, en general, empleadores con nóminas amplias), principalmente en: